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Las personas que sufran un embargo podrán rescatar los planes de pensiones
Enviado por: cvelasco el 05 de oct de 2009
La Dirección General de Seguros ha informado que tramitará una nueva modificación que recoja la posibilidad de rescatar los derechos consolidados acumulados en los planes de pensiones en caso de producirse un embargo de la vivienda habitual y/o los sueldos y salarios.


Con esta modificación que, de aprobarse, supondría la segunda excepción recogida en los planes de pensiones, se pretende aportar liquidez a las personas que tienen deudas pendientes y que no cuentan con la liquidez necesaria para hacerlo.

 

 

Se recuerda que los importes provenientes de pensiones públicas o salarios de hasta 624 euros – salario mínimo interprofesional- no son susceptibles de embargo.

 

 

Así mismo, la dirección de seguros ha informado que incluirá otras modificaciones y solicitará a las gestoras la valoración real de las inversiones de los clientes durante el periodo de crisis ya que los planes de pensiones han sido uno de los productos financieros que más inestabilidad y valoración irreal han reflejado producto de la inestabilidad de los mercados.

 

 

La Dirección General de Seguros, planteará la prohibición de mantener las campañas de fin de año que se basan en la entrega de regalos en especie o efectivo a cambio de la contratación de un plan de pensiones. El argumento que indica el organismo para su negativa a esta práctica es que la eliminación de los regalos supondría una reducción de costes a la entidad que podrían trasladarse a una disminución en las comisiones que se repercuten a los clientes.

 

 

Con estas modificaciones, los planes de pensiones contemplarán las siguientes situaciones que permitirán el rescate de los derechos consolidados:

 

 

Desempleo e invalidez o enfermedad de larga duración
Embargo de la vivienda, sueldos, salarios y bienes.
 



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