
CLÁUSULAS ABUSIVAS EN HIPOTECAS
Por: Navastur (admin) 2006.04.16
La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) ha celebrado, con motivo del día mundial del consumidor, varias conferencias en las distintas delegaciones que tienen por toda España. Uno de los temas sobre los que han hablado son las cláusulas abusivas de algunas hipotecas y las malas prácticas que realizan algunos bancos y cajas.
En este artículo comentaremos algunas de esas malas prácticas y cómo evitarlas.
Aunque no todos los bancos y cajas son iguales, es evidente que cuánto más informado y preparado esté el consumidor, mejor puede afrontar la negociación de su hipoteca.
No es raro que la entidad, si el cliente no lo reclama, cometa determinadas prácticas que son perjudiciales para el cliente y que le imputan gastos que no le corresponden.
Algunas de estas malas prácticas se detectan en la fase anterior al contrato. Por ejemplo es importante saber que las entidades financieras deben facilitar a los interesados un folleto informativo que especifique las condiciones financieras del contrato, pero muchas entidades no tienen ese folleto o no aportan todos los datos exigidos.
Otro de los caballos de batalla de los clientes que solicitan hipoteca, es la tasación del inmueble. Es muy recomendable que una vez que hemos llegado a un acuerdo con el vendedor de la propiedad, contratemos una tasación independiente. Esa tasación nos permitirá saber la cantidad que podremos conseguir sin excesivos problemas.
Las entidades suelen conceder sin demasiados inconvenientes hasta el 80% del valor de tasación. Por eso es importante tener la tasación: para poder ir a varios bancos y cajas y estudiar las condiciones que nos ofrece cada uno. Eso si, hay que asegurarse de que la empresa de tasación está reconocida por el Banco de España, que es la máxima autoridad en la materia.
En la tasación del inmueble, no nos pueden imponer al tasador por parte de la entidad financiera y están obligados a aceptar un informe de tasación confeccionado para otro banco.
Cuando se trata de una nueva edificación, en muchos casos el promotor pide una hipoteca sobre el solar para financiar el coste del suelo y la edificación. En esta circunstancia el comprador puede subrogarse o esta hipoteca o contratar otra. Sin embargo, algunos promotores pretenden que la subrogación sea obligatoria o no informan al cliente sobre las cláusulas del contrato.
También se incumple en muchos casos la libre elección del notario para realizar la escritura.
Una vez que el contrato de préstamo ya está en vigor, se siguen cometiendo algunos abusos. Así, en muchos casos se imponen al prestatario determinadas comisiones bancarias, como la comisión de apertura y de estudio, la de reclamación de deudas, la de novación (modificación de las condiciones de la hipoteca) o la de cancelación anticipada. También se aplican cláusulas por las que en los préstamos hipotecarios a interés variable el redondeo se practica siempre al alza, o se establece un tope mínimo pero no un máximo para el tipo de interés.
En definitiva, es recomendable no perder la capacidad de elección. Somos los clientes los que debemos elegir al banco, y no al contrario. En función de la situación financiera de cada cliente y del importe que solicite, se debe elegir la entidad que mejor convenga a nuestras necesidades.
Para consultar más información, puede visitarse la pagina de Ausbanc en: http://www.ausbanc.com/